Reglamentaciòn general de las diferentes zonas:
(Decreto Ministerial n°60 del 7 de Febrero de 2012 y Reglamento de Ejecución y Organización)
Velocidad
En las zonas B y C está permitida la navegación, exclusivamente con carena de desplazamiento, a una velocidad inferior o igual a 5 nudos a una distancia de 300 metros de la costa; y a una velocidad inferior o igual a 10 nudos, en una franja marítima dentro de los 300 y 600 metros de distancia de la costa.
Anclaje y amarradura
En las zonas indicadas como “A” reserva integral està prohibido navegar, anclar y amarrar.
En las zonas indicadas como “B” reserva general, “C” reserva parcial y “D” reserva experimental,està consentido fondear en las estructuras predispuestas por el Ente Gestor sino està consentido fondear con el ancla sobre los fondos de arena o piedra, libres de posidionia y que no estén indicados como zonas de baño por parte de la RAS n. 817 del 10-05-2013.
Pesca deportiva
En toda el A.M.P. està prohibida la pesca submarina libre.
En la zona “A” reserva integral, está prohibida la pesca profesional y deportista, ejercida con qualquier tipo de medio.
En la zona “B” reserva general, la práctica de la pesca deportiva está reservada para los residentes en el Ayuntamiento de Villasimíus, previa autorización del mismo, en cuanto sujeto gestor.
En la zona “C” reserva parcial y “D” reserva experimental, la práctica de la pesca deportiva está permitida a esos sujetos equiparados a los residentes del Ayuntamiento de Villasimìus (vea los requisitos para solicitar la autorización en la sección ”
modulistica“), previa autorización del mismo, reglamentada según las exigencias de tutela de la A.M.P..
En la pesca deportiva está prohibido el uso de los siguientes aparatos: palangres, nasas, báscula, esparavel y del arpón con el auxilio de fuentes luminescentes.
NO ESTÁ CONSENTIDA LA PESCA DEL ERIZO MARINO (Paracentrotus lividus).
ADEMÁS:
Zona A: Reserva Integral- señaladas por boyas amarillas
Está permitido:
• El acceso al personal del Ente Gestor.
• Las visitas submarinas guiadas.
• Las actividades de soccorro y vigilancia.
Está prohibido:
• El baño.
• La pesca profesional, deportiva y submarina.
• El tránsito de nadadores, embarcaciones y buques de recreo.
Zona B: Reserva Integral
Están permitidas las mismas actividades de la zona A.
Además está permitido:
• Las visitas guiadas.
• El buceo libre (es decir, sin aparatos de respiraciòn) previa autorización del sujeto gestor.
• La pesca profesional.
• La pesca deportiva, a los residentes y los equiparados con ellos.
• La actividad de whale-whatching (observación de cetáceos).
Están prohibidas:
• La pesca submarina.
• El buceo autónomo (es decir, con aparatos de respiración).
• El uso de motos de agua o aquascooter y medios parecidos, la práctica del esquí acuático y de otros deportes acuáticos similares.
Zona C: Reserva Parcial
Están permitidas las mismas actividades de la zona B.
Además está consentido:
• El acceso para los buques de recreo.
• La pesca deportiva.
• El buceo libre/autónomo, previa autorización del sujeto gestor.
• La pesca deportiva para los residentes o equiparados y para los no residentes.
• La actividad de whale-watching (observación de cetáceos)
Están prohibidas:
• La pesca subamarina.
• El uso de motos de agua o aquascooter y medios similares, la práctica del esquí acuático y de otros deportes acuáticos similares.
Zona D: Reserva Experimental
Están permitidas las mismas actividades de la zona C.
Además está permitido:
• La navegación de los nadadores y de las embarcaciones, no más allá de los 20 nudos.
Estàn prohibidas:
• La pesca deportiva.
• El uso de motos de agua o aquascooter y medios similares, la práctica del esquí acuático y de otros deportes acuáticos parecidos.